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Podrá solicitarse a partir del próximo 12 de septiembre desde la sede electrónica de Red.es

Esta cuarta convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros ampliables y tiene por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de las entidades anteriormente mencionadas.

Las entidades que podrán optar a su bono digital si tienen menos de 50 empleados y, como en las anteriores convocatorias, la ayuda se diferenciará atendiendo a ese dato: Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados), Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados) y Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).

Las ayudas se podrán solicitar a partir del 12 de septiembre

Será a partir del 12 de septiembre a las 11 horas cuando las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida, sociedades civiles profesionales y sociedades civiles con objetivo mercantil podrán solicitar esta ayuda del programa Kit Digital a través de la sede electrónica de Red.es. Para poder optar a ella, deben estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que deberá reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.

El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital

Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es con el NIF de la entidad y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.

Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en AceleraPyme.

Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.

Una vez se comprueba que la entidad cumple los requisitos, se concede el bono digital que podrá ser de 12.000€, 6.000€ o 2.000€ en función su tamaño. La entidad beneficiaria podrá consultar también en AceleraPyme el catálogo de agentes digitalizadores. La entidad beneficiaria deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los Acuerdos de prestación de soluciones de digitalización. Actualmente el catálogo está formado por más de 10.700 agentes digitalizadores.

Como novedad en esta convocatoria, las entidades a las que se dirige tendrán que cumplimentar un formulario único independientemente del segmento (I, II o III) al que pertenezcan. Será Red.es quien realice, tras recibir la solicitud, las verificaciones necesarias para comprobar en qué segmento se ubica cada entidad solicitante.

Además, para las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y las sociedades civiles con objeto mercantil que no estén constituidas en escritura pública será necesario que la entidad presente un modelo de representación legal nombrando a un representante legal de los integrantes de la entidad. El modelo que tendrá que cumplimentar está disponible en la convocatoria. Este procedimiento no será necesario para sociedades civiles profesionales.

Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Los interesados/as en esta cuarta convocatoria podrán consultar en los próximos días la convocatoria y bases reguladoras en AceleraPyme.

Bajo el lema ‘cero papeles’ Red.es ha diseñado un sistema de tramitación muy innovador usando herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado que reduce la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión. La empresa podrá solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica.

Otra de las innovaciones del Programa, y que también estará presente en esta convocatoria, es la figura del “representante voluntario” que permite que cualquier tercero, sea persona física o jurídica, debidamente autorizada, pueda pedir la subvención por cuenta de la empresa eliminado trámites a la pyme.

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