Las compañías que desarrollan proyectos de investigación y desarrollo (I+D) pueden acceder a importantes incentivos fiscales, pero no siempre aprovechan todo su potencial. Entre ellos destaca la posibilidad de aplicar una deducción adicional del 17 % sobre los costes asociados al personal investigador adscrito en exclusiva a actividades de I+D, un beneficio que se suma a la deducción general ya prevista para este tipo de proyectos.
Según explica ACERTA, identificar correctamente estos perfiles y justificar adecuadamente su dedicación puede suponer un incremento significativo del ahorro fiscal para las empresas innovadoras.
Requisitos para acceder a la deducción adicional
Para que un trabajador pueda ser considerado personal adscrito en exclusiva a I+D, debe cumplir una serie de condiciones específicas establecidas por la normativa.
Entre ellas, destaca la necesidad de contar con una titulación universitaria homologada y dedicar el 100 % de su jornada laboral a actividades de investigación y desarrollo. No obstante, la regulación permite destinar hasta un 15 % del tiempo a tareas complementarias relacionadas con la investigación, como actividades formativas, docentes o de divulgación científica y tecnológica.
Además, no existe un periodo mínimo de dedicación exclusiva, siempre que esta condición pueda acreditarse durante el periodo objeto de análisis.
Actividades que excluyen el beneficio fiscal
ACERTA recuerda que no todas las funciones técnicas pueden acogerse a esta ventaja fiscal. Quedan excluidas actividades como la implantación de procesos productivos, la preparación de la producción, labores de normalización, consultoría, prestación de servicios o consultas médicas, salvo aquellas vinculadas directamente a ensayos clínicos.
La realización de cualquiera de estas tareas por parte del investigador puede impedir la aplicación de la deducción adicional.
La importancia de acreditar la dedicación efectiva
Uno de los principales desafíos para las empresas no es tanto identificar al personal investigador como demostrar de forma objetiva su dedicación exclusiva a la I+D.
Para ello, resulta fundamental disponer de una documentación completa y trazable que incluya contratos laborales, nóminas, registros de incidencias, acreditación de la titulación universitaria y sistemas de control horario que permitan verificar la participación efectiva en los proyectos de investigación desarrollados por la compañía.
Revisión técnica previa para minimizar riesgos
Desde ACERTA destacan que una revisión técnica especializada previa puede resultar determinante para garantizar el éxito del proceso y reducir posibles contingencias ante futuras inspecciones.
La entidad combina la evaluación de expertos técnicos y auditores para analizar la elegibilidad de los investigadores, detectar posibles inconsistencias documentales y reforzar la trazabilidad de las evidencias antes de la auditoría final.
De este modo, las empresas pueden afrontar con mayores garantías la aplicación de las deducciones fiscales por I+D y optimizar el retorno económico derivado de sus actividades de innovación.




